abro este hilo para tratar un tema que apareció off topic en el hilo sobre zoofilia y que es el de las lesiones, eventualmente muertes y otro tipo de situaciones desgraciadas que pueden producirse en el bdsm, y las consecuencias penales (y civiles) que podrían tener. En otras palabras: ¿cuándo algo que se hace en el marco del bdsm es delito?
El tema fue introducido por ZET:
Meter la legalidad en cualquiera de estas charlas me parece absurdo. Tengo entendido, y espero que me corrijan si estoy equivocado, que el solo hecho de ponerle unas esposas a alguien cataloga como privación ilegitima de la libertad. Ni hablar de los azotes o lesiones. En estos casos, por mas consenso que exista entre las personas, la ley actuá por encima de los contratos entre las partes.
Tal vez algún experto en el tema pueda aclarar esto y dejemos de citar a las leyes como referente para nuestras practicas.
Off-Topic: este hilo me recuerda a una leyenda urbana donde estaban involucrados Ricky Martin metido en un placard, una fanática de él, su perro, un tarro de mermelada y una cámara oculta!
http://historico.portalmix.com/textos/txt_0_leyenurb_S_65.shtml
Poco después DAYO continuó:
Si Zet en teoria si una persona le dice a la otra que la mate y este otro lo hace es ilegal. Igual es muy discutido el tema, por que por un lado si una persona quiere ser privada de la libertad o lesionada por su pareja como excitacion sexual podriamos decir que tiene el derecho o no ? Por otro lado el codigo penal y civil tiene figuras legales que tipifican eso como ilegal. Ademas de lo que tengan para decir los peritos psicologicos ...
Hoy por hoy, que la sociedad esta cambiando mucho encuanto a la apertura mental en lo sexual es discutido. En los 80 huvo todo un operativo para desmantelar lugares sado, justamente con la justifiacion de las lesiones y de contribuir a perturbaciones psicologicas severas.
Hoy por hoy la justicia se mete mas que todo cuando le llega un cadaver o alguno con un dedo menos denunciando.
Esta el caso este famosos de ana. Mujeres asesinas filmo un caso que se llama "Ana Sometida" ... En ese caso ella mato al marido y le dieron 8 años, que es la minima por homicidio, se tuvo en cuenta el contexto y la relacion bdsm que llevaban ellos.
Igual desde lo legal esto tiene muchos grises. En la practica me parece que si uno va y dice "quiero deunciar que fui con una prostituta bdsm, me dejo la cola roja y al final no me gusto, quiero denunciar" me parece que mucho no lo van a escuchar.
Ahora si la situacion se pasa y la mina le clava un cuchillo en el omoplato y termina todo en el hospital ahi si.
Desde lo teorico juridico es discutible de un lado y el otro.
Luego fue KHAYMAN el que dijo:
Off topic.
Tengo entendido, y espero que me corrijan si estoy equivocado, que el solo hecho de ponerle unas esposas a alguien cataloga como privación ilegitima de la libertad.
No. Justamente porque la libertad es el bien jurídico lesionado, para que haya "privación ilegítima" tiene que haber ausencia de consenso. Cuestión aparte será probar si lo hubo o no, pero la restricción de movimientos de por sí no configura ningún delito mediando consentimiento. El caso de las lesiones es distinto, en las leves el consentimiento elimina la tipicidad -o la antijuridicidad, dependiendo de la teoría del delito que se siga-; en las graves y gravísimas tal como decís el consentimiento es irrelevante.
Saludos,
Más adelante cristianfate{AAC} (yo) agregó:
,
El caso de las lesiones es distinto, en las leves el consentimiento elimina la tipicidad -o la antijuridicidad, dependiendo de la teoría del delito que se siga-; en las graves y gravísimas tal como decís el consentimiento es irrelevante.
Esto es off topic, pero no quería dejar pasar la ocasión para, quizás, abrir un hilo sobre el límite entre lo que es lícito e ilícito (jurídicamente) en el bdsm. En mi opinión, cualquier tipo de LESIÓN (LEVES, GRAVES O GRAVÍSIMAS) y la muerte durante una sesión bdsm, se parece más a las lesiones o muertes que pueden producirse en el deporte, es decir, no constituyen delito ni perjuicio civil, en tanto y en cuanto el acto de la persona que causó la lesión, se haya mantenido dentro de los límites pactados (equivalente al reglamento en el deporte). Lo que sucede es que, por la privacidad en que se desarrolla el bdsm y los grises que caracterizan a los límites entre D/s, y si a eso se suman los prejuicios sobre el bdsm, las dificultades prácticas en un caso real, podrían ser muy complicadas. El tema está tratado en la película, el CUERPO DEL DELITO y menos centralmente en BASIC INSTINCT.
PD: si comparto con KHAYMAN que en ciertas lesiones graves/gravísimas, no todas (me viene a la mente el CASO DE CANIBALISMO EN ALEMANIA), el consentimiento de la víctima es irrelevante para la existencia del delito, aunque no para su tipificación o como atenuante (como se vió, justamente en el caso alemán),
Finalmente, nuevamente KHAYMAN aportó:
cristianfate{AAC}: pero ocurre que el deporte es una actividad fomentada por el Estado, que entre otras cosas avala sus reglamentos, mientras que el BDSM no. No es el consentimiento por sí mismo lo que otorga un tratamiento jurídico especial a las lesiones deportivas. Coincido parcialmente en cuanto a que el espacio de autodeterminación personal que permite la legislación debería ampliarse, porque los bienes jurídicos en teoría son de las personas y no del Estado, pero en la actualidad es así; va más allá de la cuestión probatoria: en nuestro país al menos, para las lesiones graves, gravísimas y el homicidio, el consentimiento -por bien probado que se de- no elimina la tipicidad ni la antijuridicidad; a lo sumo puede reducir la culpabilidad; por ende, puede dar lugar a una condena reducida, pero sigue habiendo delito. No obstante ello apoyo la moción de tratar el tema por separado y en detalle.
Ampliando mi post anterior quiero ratificar mi enfoque de comparar (jurídicamente) la actividad del bdsm con el deporte (por ejemplo el box o el rugby) o incluso (aunque es menos cercana), con la cirugía estética. Este enfoque es clásico en el Derecho, tanto en el Derecho Penal como Civil. Estos casos son temas de debate en el Derecho debido a que, tanto en el boxeo, como en el rugby como en la cirugía estética, existe la intención de lesionar a otra persona, sin que por ello exista delito.
Noten que, en el boxeo, por ejemplo, cada boxeador tiene como fin lesionar intencionalmente a su rival. Y sin embargo no comete ningún delito, ni aún cuando su rival muera, a causa de un golpe. Pero la situación será distinta si el boxeador, cuando su rival cae al suelo, le patea la cabeza, lesionándolo severamente (o matándolo). En este caso sí hay delito, porque el boxeador se apartó de las reglas establecidas.
Bueno, el bdsm es muy similar al boxeo. Es una actividad lícita y consensuada, en la que existe la intención y el resultado de dañar a otro, siempre bajo ciertos límites. Los límites consensuados son entonces el marco inicial que hace que toda lesión o muerte no resulte punible.
La primera cuestión es entonces que haya consenso, voluntad. Como en todo delito, si no hubiera real voluntad, ya sea porque hubo error, dolo, violencia, intimidación o simulación, o porque una de las personas era menor o estaba incapacitada, entonces aparece el delito.
La segunda cuestión es si los límites tienen algún límite. Hay consenso entre los juristas en aceptar que el consenso de la víctima no puede ir más allá de los actos que la ley prohibe, aún voluntariamente, como por ejemplo, decidir morir. Pero más allá de ese acuerdo básico, los juristas discrepan, como se vio en el CASO DE CANIBALISMO EN ALEMANIA, donde los defensores, fiscales, jueces de primera instancia y jueces de cámara tuvieron todos posiciones distintas. En ese caso, una persona se había puesto de acuerdo con otra, en mutilar su pene y luego comerlo. La intención no era que muriera, pero las cosas salieron mal y el hombre se desangró y murió. Puesto en blanco y negro: ¿es válido un acuerdo entre dos personas por la que una mutila a la otra? Y si fuera válido, ¿es lo mismo cortar un prepucio, que sacar dientes, cortar un dedo, un pene, un clítoris o un brazo?
Finalmente, en esta primera aproximación está la negligencia. Por ejemplo, ¿qué pasa si un Amo deja atado a su esclavo sin vigilancia, y este muere´o queda seriamente lesionado, justamente porque nadie lo vigiló? (un incendio, un atragantamiento, etc.) En mi opinión, en este caso hay delito culposo (por negligencia). ¿O qué pasa si el sumiso(a) atado, se cae, y se lesiona gravemente? Aquí, al igual que en el caso anterior, hay que ver si hubo negligencia del Amo(a). Sin embargo es probable que, como los jueces lo han decidido varias veces en juegos riesgosos (ej. montaña rusa, etc.), la negligencia sea evaluada de manera más laxa, teniendo en cuenta la decisión de la víctima de asumir cierto riesgo.
Bueno. una primera aproximación al tema.


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